Últimas Noticias

Una madre lucha por una reforma que garantice el acceso al seguro de vida, sin penalizar el suicidio | Sociedad | EL PAÍS

La legislación que regula las disposiciones de los contratos de seguros contempla actualmente un artículo en la sección referente a los seguros de vida, el cual establece un período de carencia de un año para el cobro de las indemnizaciones en los casos en que la muerte sea “causada de manera consciente y voluntaria por el propio asegurado”. En otras palabras, si el asegurado decide suicidarse, sus beneficiarios solo podrán recibir el pago si han transcurrido 12 meses desde la firma del contrato de seguro. Este miércoles, el Congreso de los Diputados considerará una propuesta que busca eliminar esta cláusula y evitar que los seguros penalicen esta forma de fallecimiento.

En la práctica, el cobro de seguros de vida de un suicida no se limita a esa carencia de un año que marca la norma que deja la puerta abierta (“salvo pacto contario”, dice la ley) a que incluso se niegue el pago de la indemnización.

Dolors López es, según ella misma se presenta, superviviente del suicidio de su hija. En este tiempo ha trabajado por derrocar los muros morales de un tema que ha sido tabú durante muchos años y que, sin embargo, se sitúa como una de las principales causas de muerte externa (no natural). López expone cómo cuando una persona se suicida, “la familia y entorno directamente vinculado a ella sufre un brutal impacto”. “Este desgarro se agrava con el estigma que cae como una losa sobre los supervivientes”, añade. Si a todo esto se unen condiciones económicas complicadas, la negativa al cobro de un seguro por las circunstancias de la muerte “agranda el sufrimiento”.